Frente a la entrega de inmuebles con servicios públicos por parte de empresas constructoras, la SSPD indicó que la conexión como tal del inmueble construido al servicio respectivo “será un aspecto que podrán pactar el constructor con el comprador de la vivienda respectiva. En particular, es de indicar que, si el constructor se comprometió a entregar el inmueble objeto del contrato de venta con redes disponibles de servicios públicos, el no cumplimiento de tal promesa podrá ser investigado y sancionado por los municipios, según su reparto interno de competencias”.