Solo cuando la trabajadora se encuentra inmersa en justa causal de despido de las preceptuadas en el artículo 62 del CST., la empleadora debe solicitar autorización para desvinculación de la trabajadora, norma del CST. Por tanto, la trabajadora con fuero materno, al igual que el empleador o empresa empleadora, deben tener en cuenta que existe diferencia entre la comisión de una falta que amerita una acción correctiva, lo cual se hace a través de un proceso disciplinario, en atención a lo normado en el artículo 115 del CST., y, la comisión de una justa causal de despido, que aunque amerite despido, debe hacerse respetando el derecho de defensa de la trabajadora, pilar del debido proceso constitucional previo a la decisión de si la despide o no y una vez decidido lo pertinente, corresponde al empleador solicitar autorización al Ministerio del Trabajo, debido al fuero constitucional que ostenta la trabajadora.