Imprimir esta página

Consideraciones de la CREG sobre la normatividad aplicable a los beneficios tributarios y exenciones para las personas naturales o jurídicas que alquilen maquinaria que genere energía eléctrica con fuentes no convencionales

Escrito por  Sep 06, 2023

La Entidad indicó que el capítulo III de la Ley 1715 de 2014 (modificado por la Ley 2099 de 2021), en el cual se establece en sus artículos 11 y 12 los beneficios tributarios a a la generación de energía eléctrica con fuentes no convencionales (FNCE) y a la gestión eficiente de la

energía. Las normas citadas encargaron a la UPME de certificar que la inversión, los equipos, elementos, maquinaria y servicios nacionales o importados se destinen a la preinversión e inversión para la producción y utilización de energía a partir de las fuentes no convencionales.

Descargar Documento