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Porcentajes de subsidios para los servicios públicos domiciliarios, fue definido por la SSPD

Escrito por  Ago 30, 2023

Los subsidios que se otorguen a los usuarios de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible por redes, no pueden ser superiores al 60% del costo de la prestación del servicio para usuarios de estrato 1 y al 50% de este, para usuarios de estrato 2, mientras que para los usuarios de estrato 3 de estos servicios, dispone la norma que “se mantendrá en el régimen establecido en la Ley 142 de 1994 para la aplicación del subsidio del estrato 3”.

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