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ANM se refirió a las etapas y requisitos necesarios que debe cumplir el titular minero para realizar actividades de exploración y explotación

Escrito por  Jun 09, 2023

La Entidad indicó que el artículo 84 de la Ley 685 del 2001- Código de Minas, establece que al finalizar la etapa de EXPLORACIÓN minera el titular está obligado a presentar para aprobación de la autoridad minera el Plan de Trabajo y Obras- PTO, en los términos señalados

en este concepto. A su vez, para dar inicio a la etapa de EXPLOTACION, entendida como aquella fase que comprende el conjunto de operaciones de extracción de minerales que se encuentran en el área de concesión, acopio, beneficio, y cierre y abandono de montajes e infraestructura, entre otros requisitos legales contemplados en la normatividad minera, si se debe contar obligatoriamente con el PTO correspondiente.

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