A su vez, y conforme lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.4.1.1.7 ibídem, la formulación y radicación del proyecto del plan parcial incluye la factibilidad para extender o ampliar las redes de servicios públicos."
A través del presente concepto, la SSPD recordó que, "Para obtener una licencia urbanística, el urbanizador debe solicitar la viabilidad y disponibilidad inmediata de los servicios públicos domiciliarios al prestador de estos, a la cual hace referencia en forma expresa los artículos 2.3.1.2.4 y 2.3.1.2.5 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015.
A su vez, y conforme lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.4.1.1.7 ibídem, la formulación y radicación del proyecto del plan parcial incluye la factibilidad para extender o ampliar las redes de servicios públicos."