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Concepto de la SSPD sobre el margen de acción de los prestadores de servicios públicos domiciliarios, en materia de suministro de información pública

Escrito por  Ene 28, 2022

El margen de acción de los prestadores de servicios públicos domiciliarios, en materia de suministro de información pública, se encuentra circunscrito a todas aquellas actividades y operaciones directas o indirectas que se realicen para la prestación de los servicios públicos, siempre que la información no esté catalogada legalmente como calificada, secreta o reservada.

Para el efecto, los sujetos obligados deberán valorar la solicitud de información atendiendo las reglas jurisprudenciales introducidas por la Corte Constitucional a través de la sentencia C-274 de 2013.

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