×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Imprimir esta página

SSPD: aplicación de subsidios en las facturas de los servicios públicos domiciliarios de alcantarillado, aseo y energía solamente es procedente para los usuarios de estratos 1, 2 y 3

Escrito por  Oct 29, 2021

La SSPD dispuso que, el otorgamiento o aplicación de subsidios en las facturas de los servicios públicos domiciliarios solamente es procedente para los usuarios de estratos 1, 2 y 3 en cuanto hace referencia a los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado, aseo y energía. Para el servicio público de gas combustible por redes, es aplicable

únicamente para los estratos 1 y 2 y para el Gas Licuado del Petróleo – GLP distribuido mediante cilindros, será aplicable en aquellos casos establecidos de forma expresa por el Ministerio de Minas y Energía, a través de las resoluciones que para el efecto expida.

Descargar documento