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SSPD: arrendatarios de inmuebles pueden solicitar suspensión de servicios

Escrito por  Jul 09, 2021

El concepto indica que el arrendatario de un inmueble en su calidad de usuario o suscriptor de un servicio público domiciliario podrá solicitar la suspensión del mismo, en los términos indicados en el presente concepto. Esta doctrina contiene una serie de preguntas relativas a la calidad de usuario del servicio público domiciliario de acueducto y sus derechos

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Modificado por última vez en Viernes, 09 Julio 2021 08:03