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SSPD: aun cuando ya venció el periodo de diferimiento de pago para servicio de acueducto, prestadores no pueden suspender servicios durante emergencia del COVID 19

Escrito por  Mar 12, 2021

De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD, en el caso del sector de agua potable y saneamiento básico, si bien el periodo de diferimientos de pago ya expiró, tal y como lo ha indicado con claridad la CRA, resulta imposible suspender el servicio de acueducto por mora en el pago, mientras esté vigente la Declaratoria del Estado de Emergencia Sanitaria por

parte del Ministerio de Salud y Protección Social.

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Modificado por última vez en Viernes, 12 Marzo 2021 09:22