La vigencia de las medidas antes mencionadas está dada en función de la duración de la emergencia sanitaria, la cual fue prorrogada hasta el 31 de agosto 2020, mediante Resolución 844 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social. En ese sentido, se estableció un término de quince (15) días para aquellas peticiones que se presenten en el marco de la ejecución de un contrato de servicios públicos domiciliarios.