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MinTrabajo aclara dudas sobre la Licencia No Remunerada durante la Emergencia Sanitaria por COVID 19

Escrito por  Jul 30, 2020

La concesión de este Permiso No Remunerado estará sujeta a lo que el empleador establezca en el reglamento de trabajo, conforme lo indica el artículo 108, numeral 16 así: días de descanso legalmente obligatorio; horas o días de descanso convencional o adicional; vacaciones remuneradas; permisos, especialmente lo relativo a desempeño de comisiones sindicales,

asistencia al entierro de compañeros de trabajo y grave calamidad doméstica. 

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