derivadas del consumo durante el período de la emergencia económica, social y ecológica. Para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo la medida de pago diferido aplica para las facturas emitidas hasta el 31 de julio de 2020 y para los servicios de gas y energía corresponderá a la facturación emitida hasta el mes de junio de 2020. Para la aplicación de los pagos diferidos los prestadores deberán considerar los requisitos que exige la regulación, debiendo informar al usuario y/o publicar en la página web aspectos tales como: condiciones de selección de la opción de pago diferido, condiciones de la tasa de financiación, fecha de inicio del pago, período de pago, y opciones de pago anticipado del valor diferido.