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La SSPD explicó cuándo opera el silencio administrativo positivo

Escrito por  Jul 10, 2023

Este opera por no decidir oportunamente las peticiones, quejas o recursos que presenten los suscriptores y/o usuarios en desarrollo de la ejecución del contrato de servicios públicos, en los términos del artículo 158 de la Ley 142 de 1994. Valga indicar que el silencio administrativo positivo nace por ministerio de la Ley, lo que significa que la decisión positiva ficta surge con independencia de la investigación que adelante la Superservicios con miras, tanto a sancionar al prestador por incumplir sus obligaciones, como a garantizar que se cumplan los efectos del silencio.

En el caso de las reclamaciones frente a facturas de servicios públicos domiciliarios, el artículo 154 habilita para que estas sean presentadas hasta cinco (5) meses después de la expedición de la(s) respectiva(s) factura(s). En cualquier caso, la decisión por la cual se resuelva una reclamación de este tipo es susceptible de los recursos de reposición y de apelación, en los términos del mencionado artículo 154.

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