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Consideraciones de la ANM referentes a la garantía mobiliaria sobre un título minero

Escrito por  Oct 27, 2022

De acuerdo con el concepto “para hacer efectivos los derechos de los acreedores en particular en lo relacionado con la ejecución de la garantía mobiliaria se deben atender a lo dispuesto en la Ley 1676 de 2013 reglamentada por el Decreto 400 de 2014 hoy incorporado en el

Decreto 1074 de 2015 en la cual no se dispuso que las entidades que tengan a su cargo registros como el registro minero deban realizar un trámite en particular para hacer efectivas esas garantías mobiliarias razón por la cual al interior de la Agencia Nacional de Minería no se realiza ningún trámite relacionado con su ejecución, debiendo remitirse a lo señalado en la ley de garantías mobiliarias”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 26 Octubre 2022 23:50