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Consideraciones de la SSPD sobre la suspensión de servicios por incumplimiento de contrato por parte de los usuarios o suscriptores

Escrito por  Sep 27, 2022

La SSPD reiteró que, el incumplimiento del contrato de servicios públicos por parte del suscriptor o usuario dará lugar a la suspensión del servicio, incumplimiento que entre otros se presenta por la falta de pago del servicio durante el término que establezca el prestador, sin que

exceda de dos periodos de facturación si esta es bimestral, y de tres periodos, si la facturación es mensual. Tanto las causas o circunstancias que determinan el incumplimiento del contrato, como el período que el prestador determine para que opere la suspensión del servicio, deben encontrarse señaladas expresamente en las condiciones uniformes del contrato de servicios públicos.

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