anterior, incluso en el evento de que el prestador no se encuentre al día en el registro de la información pertinente en el SUI, y/o en el cumplimiento de sus obligaciones financieras.
De acuerdo con el presente concepto, el prestador de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo podrá solicitar la cancelación del RUPS ante esta Superintendencia solamente cuando haya finalizado la prestación de todos los servicios que se encuentren a su cargo. Lo
anterior, incluso en el evento de que el prestador no se encuentre al día en el registro de la información pertinente en el SUI, y/o en el cumplimiento de sus obligaciones financieras.