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Concepto de la SSPD sobre la implementación del código de integridad del servicio público colombiano

Escrito por  Ago 03, 2022

A través del presente concepto se indicó que, de acuerdo con lo indicado en el artículo 1o de la Ley 2016 de 2020, todas las entidades del Estado a nivel nacional y territorial, y las que conforman las ramas del Poder Público, deberán implementar el código de integridad del

servicio público colombiano, motivo por el cual corresponderá al prestador determinar su naturaleza jurídica, para poder establecer si le es aplicable lo dispuesto en la norma referida ya que, en caso afirmativo, deberá adoptar e implementar el código mencionado.

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Modificado por última vez en Martes, 02 Agosto 2022 22:13