CREG modificó el artículo 4 de la Resolución CREG 096 de 2015, sobre el valor de la tasa de descuento para la actividad de distribución de gas combustible. “En virtud de la aplicación de la metodología aprobada por la CREG para el cálculo de la tasa de descuento, el valor de la tasa de descuento para la actividad de distribución de gas combustible a partir de 2022 es de 12,65%”.