×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Imprimir esta página

A través de concepto, SSPD se refirió a la sentencia de la Corte Constitucional que establece que las empresas de servicios públicos domiciliarios son entidades descentralizadas

Escrito por  Feb 23, 2022

A través del presente concepto la SSPD reiteró lo establecido por la Corte Constitucional, en el sentido de "La Corte Constitucional mediante sentencia C-736 de 2007 manifestó que las empresas de servicios públicos domiciliarios, ya fueran de naturaleza oficial, mixto o privada son entidades descentralizadas, y, por ende, constitucionalmente conforman la Rama Ejecutiva del Poder Público."

Descargar documento