×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Imprimir esta página

SSPD aclaró que los montos a cobrar en facturas conjuntas por cada servicio, deben ser totalizados por separado

Escrito por  Feb 22, 2022

A través del presente concepto la Entidad indicó que, si bien el régimen de los servicios públicos domiciliarios autoriza la facturación conjunta de varios servicios, el cobro de cada uno de ellos debe hacerse de forma individualizada, discriminando en la correspondiente factura la información establecida por la regulación. En otras palabras, los montos a cobrar por cada servicio deben ser totalizados por separado.

Descargar documento