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SSPD aclaró disposiciones sobre el trámite de enajenación forzosa de un inmueble

Escrito por  Feb 17, 2022

"De acuerdo con la Ley 142 de 1994, la determinación de iniciar un trámite de enajenación forzosa de un inmueble, constituye una potestad de los prestadores y su trámite obedecerá a las condiciones de cada situación particular, teniendo en cuenta que éstos “(…) estarán sujetos al control de la jurisdicción en lo contencioso administrativo sobre la legalidad de sus actos,

y a responsabilidad por acción u omisión en el uso de tales derechos.”, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33 ibídem" así lo dispuso la SSPD a través del presente concepto.

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