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SSPD se pronuncia sobre la reglamentación de actividades de recolección, transporte, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de los residuos sólidos

Escrito por  Oct 26, 2020

El Decreto 2981 de 2013, compilado actualmente por el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, reglamenta la forma en que se debe prestar el servicio público de aseo en el marco del respectivo contrato de servicios públicos, por lo que, al comportar una disposición del régimen de los servicios públicos domiciliarios,

debe ser atendida por los prestadores que se encarguen de las actividades de dicho servicio, so pena de la imposición de sanciones por parte de esta Superintendencia. Sin embargo, no constituye un estatuto de contratación pública donde se fijen reglas para la adquisición de bienes y/o servicios, al cual deben sujetarse los actos y contratos de los prestadores.

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Modificado por última vez en Miércoles, 28 Octubre 2020 10:48