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SSPD no es competente para evaluar decisiones tomadas en una asamblea ordinaria de accionistas de una empresa de servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Feb 08, 2022

Se aclaró que la SSPD no es competente para entrar a evaluar o analizar si las decisiones tomadas en una asamblea ordinaria de accionistas de una empresa de servicios públicos domiciliarios, se encuentran ajustadas al marco legal, o si es viable o no el cambio de los estatutos sociales de la misma, ya que estaría incurriendo en extralimitación de sus atribuciones legales, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994.

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