La SSPD aclaró que: "los medios alternativos de aprovisionamiento de agua no constituyen servicio público domiciliario de acueducto, por lo que esta Superintendencia no puede determinar si le son aplicables las disposiciones de la Resolución CRA 955 de 2021 en cuanto a la prohibición de adelantar acciones de suspensión o corte del servicio a los suscriptores residenciales hasta el 31 de octubre de 2021."