La Entidad aclara que a través de la Resolución 12379 de 2012, el Ministerio de Transporte determinó el procedimiento que debe tenerse en cuenta por parte del Organismo de Tránsito para adelantar entre otros trámites la inscripción o levantamiento de la limitación o gravamen de un vehículo, señalando que el organismo de tránsito valida en el sistema RUNT el pago realizado
por el usuario por los derechos del trámite a favor del Ministerio de Transporte y de la tarifa RUNT, y verifica la realización del pago correspondiente a los derechos del organismo de tránsito, no obstante, la resolución no señaló alguna excepción sobre el pago.
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