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A través de concepto, la SSPD reiteró disposiciones sobre la realización de asambleas generales de empresas prestadoras correspondientes al ejercicio 2019 y 2020

Escrito por  Ago 26, 2021

La asamblea general de usuarios podrá adelantarse de manera presencial, no presencial o mixta y deberá celebrarse atendiendo las disposiciones legales y lo establecido en los estatutos de constitución. Se reitera que las mismas deberá realizarse dentro de las fechas pautadas en la normatividad vigente.

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Modificado por última vez en Jueves, 26 Agosto 2021 12:43