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SSPD se pronunció sobre la aplicación de la medida de pago diferido aplicable a usuarios residenciales de estratos del 1 al 4 durante emergencia del COVID-19

Escrito por  Ago 03, 2021

“En relación con los usuarios residenciales de los estratos 1 al 4, las medidas implementadas por parte del Gobierno Nacional con ocasión del estado de emergencia por el Covid-19, entre las que se encuentra las del pago diferido de las facturas de servicios públicos, instaron a los prestadores a tomar la opción de ese diferimiento como obligatorio”

En ese orden, así elijan no tomarlas, se asumirá que el financiamiento estará a su cargo. Por tal razón, las empresas deben ofrecer periodos de pago del saldo diferido, de treinta y seis (36) meses para usuarios de los estratos 1 y 2 y de veinticuatro meses (24) para usuarios de estratos 3 y 4.

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Modificado por última vez en Martes, 03 Agosto 2021 11:04