La diferencia entre el hecho generador del daño y el daño, consiste en que el primero es la causa, el origen del daño, el evento sin el cual no se hubiera producido el daño; mientras que el daño, es el efecto de dicho evento y está definido en el artículo 6 de la Ley 610 de 2000. El
La Entidad puntualizó que “la suscripción de “nóminas paralelas”, es un concepto utilizado para referirse a la designación de una gran cantidad de personas que trabajan durante largos períodos en las entidades públicas en forma directa o mediante las cooperativas de
“Una vez los dineros recaudados productos de los fallos de responsabilidad fiscal entran al tesoro público, cualquiera que sea su destino, se fundan en una caja común, en donde tales recursos de podrán destinar a los cometidos que se determinan en el presupuesto. Los recursos
La Entidad precisó que “salvo un conflicto administrativo de competencia, quien ya se declaró sin competencia y remitió el proceso al funcionario que tiene la facultad para decidir, por regla general no podría avocar nuevamente el conocimiento del asunto o retomar
La vigilancia y control fiscal sobre la gestión fiscal de los recursos públicos del sector salud, la ejercen las contralorías territoriales y la Contraloría General de la República conforme a sus competencias establecidas en los artículos 267, 268 y 272 constitucionales y de acuerdo a
“Pues así lo disponen expresamente el artículo 203 del Código de Comercio y el numeral 15 del artículo 19 de la Ley 142 de 1994, este último en cuanto señala, que las empresas de servicios públicos de esta naturaleza, se rigen por las reglas de dicho Código. Contrario sensu,
“Las cámaras de comercio, como sujetos de control fiscal, por tanto, deberán rendir el informe anual consolidado, en los términos dispuestos en la Resolución Reglamentaria Orgánica REG-ORG-0042 del veinticinco (25) de agosto de 2020. Dicho informe contendrá la gestión
“La actuación especial de fiscalización, es una acción de control fiscal breve y sumaria, de respuesta rápida frente a un hecho o asunto que llegue al conocimiento de la Contraloría General de la República o a cualquier órgano de control fiscal. La Resolución Reglamentaria
Se precisó que “un ciudadano tiene el derecho a ejercer control sobre la administración de los recursos públicos de múltiples formas, o bien de manera individual mediante mecanismos como la denuncia, o de manera colectiva, mediante la conformación de una veeduría
“Las Contralorías Territoriales al recibir las denuncias deben analizar de acuerdo a los elementos contenidos en ella, en primera instancia, si se trata de una denuncia fiscal, luego, si da lugar a iniciar un proceso auditor en los términos de la “Guía de Auditoría Territorial en el