Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Consejo de Estado ratificó que los municipios tienen competencias constitucionales en protección ambiental y ordenó a Valledupar y a Corpocesar ejercer control y vigilancia en las Sabanas Comunales del corregimiento de Los Venados

Escrito por  Feb 24, 2026

El Consejo de Estado analizó el alcance de las competencias municipales en materia ambiental y concluyó que los municipios no son actores pasivos frente a la protección de los recursos naturales en su territorio. Por el contrario, recordó que la Constitución y la ley les asignan funciones expresas de protección del medio ambiente, control del uso del suelo y preservación de los recursos naturales, lo que los legitima para fungir como parte demandada cuando se cuestiona la omisión en el ejercicio de esas atribuciones. La Sala explicó que, si bien las corporaciones autónomas regionales -como Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar)- tienen competencias específicas como autoridad ambiental, ello no excluye el deber concurrente de los municipios de ejercer control y vigilancia dentro de su jurisdicción.

Con base en ese análisis, el Alto Tribunal ordenó al Valledupar que, en coordinación con Corpocesar, ejerza de manera inmediata funciones de control y vigilancia en las Sabanas Comunales del corregimiento de Los Venados, para impedir la continuidad de la tala de árboles nativos. Además, dispuso que el municipio active su poder coercitivo frente a quienes incurran en infracciones ambientales, reafirmando que la protección del entorno es una responsabilidad compartida y exigible a las autoridades locales.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Lunes, 23 Febrero 2026 20:24