El objeto del régimen de insolvencia no es solamente el de proteger los créditos vigentes, sino adicionalmente, el de buscar la recuperación y conservación de la empresa, en su calidad de unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, a través de la celebración de procesos de reorganización que buscan preservar empresas viables, y si esto no es posible, se procede a efectuar la liquidación judicial correspondiente. una de las causales que conlleva a la terminación del acuerdo de reorganización, es la no atención oportuna en el pago de los demás gastos de administración, circunstancia que a su vez genera el inicio del proceso de liquidación judicial, esto es, por el incumplimiento del acuerdo de reorganización.