reglamento de propiedad horizontal. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.
La SSPD indicó que quien solicitó el servicio temporal tiene la obligación de informar al prestador, la fecha a partir de la cual debe dar por terminado dicho servicio temporal, ya que este será el punto de partida para que se realicen las respectivas conexiones individuales y, por ende, se de paso a la facturación individual de cada uno de los inmuebles que se encuentren bajo el
reglamento de propiedad horizontal. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.