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SuperSociedades aclaró disposiciones sobre el trámite de negociación de emergencia de acuerdos de reorganización

Escrito por  May 24, 2022

A través del concepto 220-106504-2022, la Entidad indicó que "de la lectura de las normas que bajo el Decreto Legislativo 560 de 2020 rige la negociación de emergencia de acuerdos de reorganización, no se desprende prohibición del pacto o acuerdo de pago de obligaciones en plazo mayor a dos años con bienes fungibles.

No obstante, se insiste que nada obsta para que el acreedor que se sienta vulnerado con tal propuesta de forma de pago, en ejercicio de las cargas procesales vele por la defensa y mejor guarda de su propio interés, y dentro de la oportunidad procesal defienda su derecho."

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