“Siempre que el prestador cumpla con las condiciones estipuladas en el contrato para la entrega de la factura, las dificultades que se puedan suscitar en las propiedades horizontales por la entrega o reparto de las facturas de los servicios públicos domiciliarios, así como el manejo interno de los buzones, será competencia de la respectiva propiedad horizontal.” Así lo dispuso la SSPD a través de la publicación de un concepto.